lunes, 19 de agosto de 2013

Conservación y restauración de los servicios y funciones de los ecosistemas. Límites a la extracción

Para conservar la biodiversidad, producción y sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos, es necesario destacar el papel central de un medio físico variable, organizado y definido por el régimen hidrológico natural (Poff et al., 1997). Entender esta variabilidad permite su conservación y alteración programada como objetivos de la gestión del agua. Entre la conservación de un régimen natural y su alteración máxima con fines de aprovechamiento del agua, se presentan diferentes niveles de degradación de las condiciones del ecosistema (usepa, 2005; Davies y Jackson, 2006). 
Esta alteración controlada ofrece la oportunidad a los gestores del agua de establecer un balance entre objetivos de conservación y usos del agua, que defina cuánta agua puede ser extraída del medio, conservando, alterando o mitigando la pérdida de ciertas funciones ecológicas que mantienen estados resilientes. 
Este balance se presenta entre criterios mínimos y máximos de conservación o extracción de agua, que se traducen en lineamientos de gestión para las fuentes superficiales y subterráneas, es decir, para el manejo integrado de cuencas y acuíferos. De esta manera, para asegurar la resiliencia de los sistemas ecológicos, la girh requiere establecer límites de extracción del recurso que conserven los aspectos ecológicamente significativos del régimen hidrológico, ya sea mediante caudales ecológicos, balance ecohidrológicos para el caso de humedales, o de reservas de agua para zonas de gran importancia ecológica, como las áreas naturales protegidas [capítulo 3]. 
La conservación de la dinámica hídrica de las cuencas representa beneficios a la gestión como el mantenimiento de las capacidades de almacenamiento, principalmente la recarga de acuíferos, y la evacuación ante lluvias extremas (Landa et al., 2008; Magaña et al., 2011).

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