50. Con respecto a las acciones de mitigación de los países desarrollados, el Borrador de Decisión propuesto por el LMG plantea en resumen lo siguiente:
a. Los países desarrollados deben reducir entre 40% y 50% sus emisiones para el 2020 en base a 1990.
b. Se debe establecer un marco de contabilidad común de las emisiones de los países desarrollados definiéndose una base ex - ante para medir el progreso de las obligaciones de reducción y limitación de las emisiones cuantificadas.
c. Deben establecerse reglas, metodologías y herramientas comunes de contabilidad y comparabilidad que permitan medir de manera confiable, técnica y científica la reducción de emisiones. Estas reglas deben construirse sobre la base del sistema del protocolo de Kioto.
51. Con respecto al establecimiento de mecanismos que no están basados en los mercados se presentó una propuesta de borrador de decisión que contó con el apoyo de 17 países miembros del LMG, la misma que propone de manera resumida los siguiente:
a. Se deben establecer enfoques no basados en mercados, incluyendo políticas y medidas regulatorias en los países desarrollados que permitan la transferencia de tecnología y el desarrollo de capacidades en los países en desarrollo.
b. Se debe promover un consumo y uso racional de los recursos naturales tomando en cuenta el ciclo de vida de los materiales.
c. Se deben establecer programas de acción nacional para apoyar el desarrollo y fortalecimiento de capacidades endógenas así como de tecnologías en países en desarrollo.
d. Se debe establecer un mecanismo operativo bajo la guía de la COP que oriente y operacionalice el pago de la deuda climática, las acciones de mitigación que no están basadas en mercados de carbono y los programas de apoyo y fortalecimiento de capacidades endógenas.
e. Se debe establecer un Mecanismo Conjunto de Adaptación y Mitigación para el Manejo Forestal Integral y Sustentable de los Bosques como una alternativa no basada en mercados para operar bajo la guía de la COP de acuerdo al parágrafo 67 de la Decisión 2/CP17.
52. Con respecto a financiamiento y tecnología se propusieron varias propuestas de borrador de decisión que de manera resumida plantearon lo siguiente:
a. Se debe lanzar un proceso para determinar las necesidades de los países en desarrollo en relación a recursos financieros y a provisión de tecnología; este proceso debe identificar igualmente opciones de movilización de dichos recursos, incluyendo la accesibilidad, la sostenibilidad y la predictibilidad de la provisión financiera.
b. La provisión de recursos financieros debe darse sobre bases concesionales y donaciones incluyendo la transferencia de tecnología en particular para la adaptación, y los créditos no deben ser usados como una condición para acceder a donaciones a través de las entidades operativas de financiamiento.
c. Se deben proveer recursos financieros nuevos y adicionales a través del Fondo Verde del Clima con obligaciones de reporte por parte de los países desarrollados.
d. El Comité Permanente sobre Financiamiento (Standing Comitee) debe establecer un mecanismo para medición, reporte y verificación (MRV) de la provisión de recursos financiero de los países desarrollados a los países en desarrollo para la adaptación y mitigación. Este mecanismo debe incluir guías y otras herramientas necesarias.
e. El Comité Ejecutivo de Tecnología debe examinar y desarrollar mecanismos efectivos tales como un protocolo multilateral bajo la convención provisiones de financiamiento u otros medios, incluyendo un régimen de derechos de propiedad intelectual para remover los obstáculos y proveer incentivos financieros para incrementar las capacidades y las condiciones de desarrollo y transferencia de tecnología de parte de los países desarrollados hacia los países en desarrollo.
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