lunes, 20 de agosto de 2012

Océanos y mares - I

158. Reconocemos que los océanos, los mares y las zonas costeras constituyen un componente integrado y esencial del ecosistema terrestre y son fundamentales para mantenerlo, y que el derecho internacional, reflejado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, proporciona el marco jurídico para la conservación y uso sostenible de los océanos y sus recursos. Destacamos la importancia de la conservación y uso sostenible de los océanos y mares y sus recursos para el desarrollo sostenible, en particular mediante su contribución a la erradicación de la pobreza, el desarrollo económico sostenido, la seguridad alimentaria, la creación de medios de vida sostenibles y trabajo decente, y al mismo tiempo, la protección de la biodiversidad y el medio marino y las medidas para hacer frente a los efectos del cambio climático. En consecuencia, nos comprometemos a proteger y restaurar la salud, productividad y resiliencia de los océanos y ecosistemas marinos y mantener su biodiversidad, promover su conservación y uso sostenible para las generaciones presentes y futuras y aplicar efectivamente un enfoque ecosistémico y el enfoque de precaución en la gestión, de conformidad con el derecho internacional, de las actividades que tengan efectos en el medio marino para lograr las tres dimensiones del desarrollo sostenible. 
159. Reconocemos la importancia de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar para hacer avanzar el desarrollo sostenible y su adopción casi universal por los Estados, y en este sentido, instamos a todas las partes a que apliquen plenamente las obligaciones que les incumben en virtud de la Convención. 160. Reconocemos la importancia de aumentar la capacidad de los países en desarrollo para poder beneficiarse de la conservación y uso sostenible de los océanos y los mares y sus recursos, y al respecto, ponemos de relieve la necesidad de cooperar en las investigaciones científicas marinas a fin de aplicar las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y los resultados de las principales cumbres sobre el desarrollo sostenible, así como para la transferencia de tecnología, teniendo en cuenta los criterios y directrices de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental sobre la transferencia de tecnología marina. 
161. Apoyamos el proceso ordinario de presentación de informes y evaluación del estado del medio marino a escala mundial, incluidos los aspectos socioeconómicos, establecido en el marco de la Asamblea General, y esperamos con interés que complete su primera evaluación integrada del estado del medio marino a nivel mundial para 2014 y su posterior examen por la Asamblea. Alentamos a que los Estados examinen las conclusiones de la evaluación a los niveles apropiados. 
162. Reconocemos la importancia de la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina fuera de las zonas de jurisdicción nacional. Observamos la labor que está realizando en el marco de la Asamblea General un grupo de trabajo especial oficioso de composición abierta encargado de estudiar cuestiones relativas a la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina fuera de las zonas de jurisdicción nacional. Basándose en la labor del grupo de trabajo especial, y antes de que finalice el sexagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General, nos comprometemos a abordar urgentemente el tema de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad marina en las zonas fuera de la jurisdicción nacional, en particular, a tomar una decisión sobre el desarrollo de un instrumento internacional en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. 
163. Observamos con preocupación que la salud de la biodiversidad de los océanos y los mares está afectada negativamente por la contaminación marina, incluidos los detritos marinos, en especial los plásticos, los contaminantes orgánicos persistentes, los metales pesados y los compuestos nitrogenados, procedentes de varias fuentes marinas y terrestres, entre ellas las actividades navieras y las escorrentías. Nos comprometemos a tomar medidas para reducir la incidencia y los efectos de esa contaminación en los ecosistemas marinos, entre otras cosas mediante la aplicación efectiva de los convenios pertinentes adoptados en el marco de la Organización Marítima Internacional (OMI) y el seguimiento de las iniciativas pertinentes, como el Programa de Acción Mundial para la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra, así como a adoptar estrategias coordinadas a tal fin. Nos comprometemos además a tomar medidas, para 2025, basadas en los datos científicos reunidos, para lograr una reducción significativa de los detritos marinos a fin de prevenir los daños para el medio costero y marino.

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